Page 3 - Equipos de Orientación Escolar en escuelas secundarias. María Antonella Ledda - Astrid Lorelei Ullman
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las instituciones educativas, se encargan de orientar, acom-
pañar y cuidar a los niños, adolescentes, jóvenes y adultos que
circulan en dichos espacios con “el propósito de contribuir a
la inclusión educativa y social a través del aprendizaje” (ABC
de la Educación N° 7, 2010:37). Este dispositivo surge para
reemplazar al antiguo “gabinete psicopedagógico” que trabaja-
ba desde una perspectiva médica, atendiendo individualmente
las problemáticas de conducta y de aprendizaje de los estu-
diantes. Claudia Bello, directora de Psicología Comunitaria y
Pedagogía Social, afirma que,

el Equipo habla de un paradigma de promoción y protección de de-
rechos de niños y adolescentes (…) Al pensar a la educación como un
bien social, planificamos un trabajo de los Equipos que no parte des-
de lo individual, porque la subjetividad se construye con los otros en
un proceso de intersubjetividad. Se pasa de una práctica de consul-
torio a una práctica más abierta, más comunitaria y de intervención
grupal (ABC de la Educación N° 7, 2010:37).

En la disposición N° 1 del año 2009 se explicitan, entre otras
cosas, las funciones específicas que cada EOE ha de desem-
peñar en los respectivos niveles educativos de la provincia de
Buenos Aires. En lo que concierne a la educación secundaria
(Básica, Polimodal y Técnica) se plantea que dichos dispositi-
vos concentrarán su labor en los indicadores de promoción y
retención, teniendo en cuenta la colaboración en el armado de
los AIC -Acuerdos Institucionales de Convivencia-, como así
también el trabajo en “la prevención y asistencia en fenóme-
nos frecuentes en esta franja etárea (embarazo precoz, com-
portamientos hétero y autodestructivos), y en los procesos de
Orientación para la Educación y el Trabajo” (Disposición 1/09
Art. 4).
En cuanto al Reglamento General de las Instituciones Educati-
vas, se hace mención a los EOE y sus funciones, específicamen-
te en los artículos 82°, 83° y 84°, que corresponden al aparta-
do “Cargos técnicos docentes de base”, los diferentes profesio-
nales que pueden desempeñar tareas docentes vinculadas a su
formación específica, y las tareas de su incumbencia. Hay un
listado de profesiones que se habilitarán en cada institución
dependiendo de los requerimientos de la misma. Haciendo
hincapié en los Equipos de Orientación Escolar es pertinen-
te remarcar que estos nuevos dispositivos están establecidos

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