El derecho a la Participación Social de las Personas Mayores
Palabras clave:
Derechos humanos, participación, personas mayoresResumen
Desde el Centro del Adulto/a Mayor de la UNLa estamos efectuando un estudio de la percepción de las personas mayores que participan en nuestros programas, sobre los derechos enunciados en la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores (OEA, 2015). En esta presentación realizaremos un recorte que posibilite destacar la interrelación de las posibilidades y modalidades de participación de las personas mayores incluidas en el estudio y la operativización de sus derechos, con énfasis en el cumplimiento de las responsabilidades correspondientes a la sociedad y al Estado.
No podemos mencionar el concepto de participación de personas mayores sin asociarlo inmediatamente al de Derechos Humanos. Ello implica redimensionar este término en su formulación y en su aplicación, partiendo de la premisa de que nos estamos refiriendo a un colectivo humano diverso en lo que respecta a situaciones e intereses pero que, en la dinámica de nuestra sociedad - jovencéntrica, capacitista, edadista -, queda ubicado en posición de desigualdad con respecto a las relaciones de poder y acceso a derechos, desigualdad que también condiciona los procesos participativos.
En la Convención, la participación es un concepto transversal enunciado en sus principios generales (Art. 3) en diferentes dimensiones –contribución al desarrollo social, protagonismo, integración activa/productiva, inclusión plena/efectiva –. Además, en el Artículo 8 - derecho a la participación e integración comunitaria- se responsabiliza a los Estados para crear y fortalecer mecanismos de participación- inclusión social e intergeneracional de las personas mayores en un ambiente de igualdad, con accesibilidad. Otros Artículos destacan derechos políticos, de reunión, de asociación. (Art. 27 y 28)
Con respecto al estudio mencionado, durante el año pasado realizamos un relevamiento de las políticas públicas nacionales para personas mayores formuladas a partir de la vigencia de la Convención en la Argentina (año 2015) e instrumentamos encuestas y un grupo focal, orientados a conocer la noción de derechos de las personas mayores, su percepción de vulneraciones y sus resistencias.
Como resultados preliminares, observábamos que paradójicamente la ratificación de la Convención fue coincidente con la reinstalación del modelo neoliberal, lo cual provocó un fuerte debilitamiento de las protecciones sociales en general y de la población de personas mayores en particular (con un fuerte aumento de quienes quedaron por debajo
de la línea de pobreza). Si bien la participación no emergió como un derecho vulnerado específicamente –posiblemente por cierta compensación en el espacio universitario-, quedó afectado transversalmente. Por ejemplo, en su cotidianeidad confirmaban desprotección en materia de seguridad social, y manifestaban dificultades en el ejercicio de su autonomía -sobre todo para el acceso a los servicios de salud, a la información y al trabajo-, destacando la existencia de barreras en torno a los desplazamientos y uso de la tecnología. En cuanto a la participación ciudadana, centraban sus resistencias en reclamos individuales, evidenciando una débil autopercepción como colectivo.
Consideramos que la posibilidad de comunicar y compartir estos resultados puede ser un aporte para orientar estrategias y políticas que propongan hacer efectivos los derechos de las personas mayores, promoviendo su participación.
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Citas
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