Libertad de expresión y secreto de las fuentes de información periodística en la era de las redes sociales y la vigilancia on line
Palabras clave:
Redes sociales, libertad de expresión, redes socialesResumen
A través de esta ponencia se intentará exponer el análisis y estudio de los aspectos jurídicos y comunicacionales de preservar el anonimato de la fuente de información periodística como garantía del ejercicio del derecho humano que lo envuelve, esto es, el de recibir, investigar y difundir información de conformidad a lo previsto por el art 13 del Pacto de San José de Costa Rica, el art 10 del Tratado Europeo de Derechos Humanos y el art. 18 y art 19 del Pacto Internacional de Derechos Civil y Políticos.
Veremos que si bien la protección de la identidad de la fuente en algunos países está amparada por ley o bien se la contempla en Códigos de ética, ello no impide que, en ciertas ocasiones, toda persona que ejerza ese derecho –y en particular las y los periodistas - pueda ser obligada judicial o administrativamente, o bien por sus empleadores o bien encontrarse sujetos a una injerencia arbitraria en sus comunicaciones o vigilancia selectiva estatal o privada que redunde en que se pueda identificar a sus fuentes de información. A ello podría llegar a sumarse el padecer o enfrentar denuncias penales, sanciones preventivas y disciplinarias, e incluso hasta cumplir penas de prisión.
En este contexto incesante de avance tecnológico, de interacción con plataformas virtuales y uso de dispositivos electrónicos con conexión a Internet, voluntaria o involuntariamente nuestra expectativa a mantener nuestra privacidad en las comunicaciones se encuentra claramente reducida.
Teniendo en cuenta entonces esta realidad tecnológica que nos circunda, la rapidez con que se produce y circula la información por las diferentes plataformas y cómo a su vez han mutado los roles al ser hoy todos/as potenciales comunicadores/as, surge por lo pronto el siguiente interrogante central: ¿Pueden los/as periodistas profesionales, bloggers, tuiteros/as, youtubers, instagramers, activistas y cualquier persona ejercer libremente su derecho humano a recibir, investigar y difundir información resguardando la identidad de su fuente? Intentaremos aportar en esta ponencia diversos aspectos jurídicos- comunicacionales con el fin de acercar respuestas y conceptos frente a éste y demás interrogantes que planteamos, a saber:
1) ¿Quién es periodista en el siglo XXI? / ¿Quién es filtrador? / ¿Quién es fuente? / ¿Cuál es la naturaleza jurídica del secreto de la información periodística? ¿Corresponde su protección absoluta o relativa?
2) Cómo incide la vigilancia masiva y selectiva en el ejercicio profesional del periodismo y en la protección legal a preservar la identidad de la fuente al difundir información de interés público;
3) El rol de los intermediarios externos y la retención de datos -metadatos. El derecho a la intimidad en las comunicaciones;
4) Algoritmos e inteligencia artificial. Su incidencia en la vigilancia. El efecto "de la seguridad nacional/legislación antiterrorista” como justificativo de obtener la identidad de la fuente.
Descargas
Descargas
Publicado
Cómo citar
Número
Sección
Licencia
Derechos de autor 2020 Manuel Larrondo
Esta obra está bajo una licencia internacional Creative Commons Atribución-NoComercial-CompartirIgual 4.0.
La aceptación de un original por parte de la revista implica la cesión no exclusiva de los derechos patrimoniales de los/as autores/as en favor del editor, quien permite la reutilización, luego de su edición (postprint), bajo una Licencia Creative Commons Atribución-NoComercial-CompartirIgual 4.0 Internacional (CC BY-NC-SA 4.0)
Acorde a estos términos, el material se puede compartir (copiar y redistribuir en cualquier medio o formato) y adaptar (remezclar, transformar y crear a partir del material otra obra), siempre que a) se cite la autoría y la fuente original de su publicación (revista y URL de la obra), b) no se use para fines comerciales y c) se mantengan los mismos términos de la licencia.
La cesión de derechos no exclusivos implica que luego de su edición (postprint) en Actas de periodismo y comunicación las/os autoras/es pueden publicar su trabajo en cualquier idioma, medio y formato; en tales casos, se solicita que se consigne que el material fue publicado originalmente en esta revista.
Tal cesión supone, también, la autorización de los/as autores/as para que el trabajo sea cosechado por SEDICI, el repositorio institucional de la Universidad Nacional de La Plata, y sea difundido en las bases de datos que el equipo editorial considere adecuadas para incrementar la visibilidad de la publicación y de sus autores/as.
Asimismo, la revista incentiva a las/os autoras/es para que luego de su publicación en Actas de periodismo y comunicación depositen sus producciones en otros repositorios institucionales y temáticos, bajo el principio de que ofrecer a la sociedad la producción científica y académica sin restricciones contribuye a un mayor intercambio del conocimiento global.