Las leyes que criminalizan el aborto son violatorias de los derechos sociales

salon de sesiones de la onu en bruselas

Por Marianela García

La ONU estableció un dictamen que obliga a la Argentina a tomar medidas que faciliten el acceso y goce del máximo nivel de salud sexual. Las medidas presupuestarias restrictivas y las leyes que criminalizan las decisiones en materia de salud sexual y reproductiva son claras barreras al derecho social de la salud reconocido con rango constitucional, por lo que deben ser “removidas de forma inmediata”.

Parece una ironía que en momentos en que el Estado se desmorona, se desmantelan programas sociales y la vieja receta del ajuste toma el papel principal en el escenario del poder ejecutivo, los tratados internacionales exigen a la Argentina el cumplimiento de derechos económicos, sociales y culturales con rango constitucional.

Eso pasó en el ’94, hace más de 20 años, con la reforma de la Constitución Nacional que le permitió a Carlos Saúl Menem la relección consecutiva previo acuerdo del partido radical en el Pacto de Olivos. En esa modificación se incorporaron una serie de tratados internacionales entre los que se encontraba el Pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales que establece en su artículo 12 el derecho de todas las personas “al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental”. Fue la primera vez que la Constitución argentina incorporó a la salud como un derecho social universal por fuera, incluso, del ámbito laboral.

Aquella fórmula se repite hoy, en tiempos de recortes de derechos, empezando por los laborales que han sido el puntapié de derechos sociales en nuestro país y que están siendo sumamente vulnerados: según datos del Observatorio de Derecho Social de la CTA, en lo que va del año se despidieron a 18 mil empleados públicos y a otros 10 mil del sector privado. Es en este año en que los programas nacionales que efectivizan derechos están siendo desarticulados, desmembrados y ocultados bajo un halo de incertidumbre ante los cambios de gestiones y las marchas y contramarchas propias de las formas que enviste este gobierno. Es en estos tiempos egoístas y mezquinos -como bien ilustra Fito- cuando el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, que determina la interpretación del pacto internacional, se expide sobre el derecho de los pueblos a la salud sexual de una forma libre de discriminación y restricciones.

Mientras que la política nacional toma el rumbo del endeudamiento y la devaluación del salario, un organismo internacional le señala a Argentina que no necesita esforzarse para no estar en contravención con la normativa que se obligó a cumplir ante la mirada de un mundo civilizado. Pero además, este dictamen no sólo exige que la Argentina se ponga en regla, sino que también señala que en caso de que el país retroceda con la implementación de programas y políticas públicas que garantizan derechos, como los sexuales, reproductivos y no reproductivos, tendrá que dar explicaciones.

“Las medidas regresivas deben evitarse, y si se aplican, el Estado parte tiene la carga de la prueba de su necesidad”, establece el dictamen y cita ejemplos de medidas restrictivas como “la eliminación de medicamentos para la salud sexual y reproductiva de los registros nacionales de drogas; leyes o políticas de retirada de financiación de la sanidad pública para los servicios de salud sexual y reproductiva; la imposición de barreras a la información sobre salud sexual y reproductiva, bienes y servicios; la promulgación de leyes que penalizan ciertas conductas y decisiones de salud sexual y reproductiva”.

Según la OMS la salud sexual es “un estado de bienestar físico, emocional, mental y el bienestar social en relación con la sexualidad” y la salud reproductiva, se define en el Programa de Acción de la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo (CIPD), realizada en El Cairo en 1994, como “la capacidad de reproducirse y la libertad de tomar decisiones informadas, libres y responsables”. El presente dictamen de la ONU reconoce también que el derecho de las mujeres a la salud sexual y reproductiva implica la libertad de tomar decisiones significativas sobre su vida y salud.

Tomamos esta definición para dar batalla aún a las definiciones biologicistas que lejos de los estudios socio-culturales todavía nos conceptualizan como “huéspedes pasivos” –porque ni siquiera nos pueden nombrar en femenino-, que externalizan nuestros padecimientos y nada saben de nuestros deseos.  ¿Qué es un estado de bienestar integral sin nuestros deseos, sin nuestras prácticas culturales, sin nuestros proyectos? Es necesario empezar a entender a la salud como un estado en donde el “yo” y el “nosotras” tiene un lugar central como lo tiene el Estado para garantizar que nuestras decisiones sean libres y soberanas. Ya que la salud es de los pueblos y a los pueblos se debe.

En este sentido, el nuevo dictamen de la ONU insta a los Estados a “derogar  leyes y políticas que anulan o reducen cierta capacidad del individuo y el grupo de hacer efectivo su derecho a la salud sexual y reproductiva” y señala que “una amplia gama de leyes, políticas y prácticas afecta a la autonomía y el derecho a la igualdad y la no discriminación en el pleno disfrute del derecho a la salud sexual y reproductiva, por ejemplo penalización del aborto o leyes restrictivas del aborto”. Indispensable, en un país donde el propio Ministerio de Salud de la Nación reconoce que en Argentina se producen alrededor de 500 mil abortos por año.

La información salva vidas

El dictamen de la ONU pone en relieve la necesidad de promover el acceso a la información que  comprende el derecho a buscar, recibir y difundir informaciones e ideas relativas a cuestiones de salud sexual y reproductiva. “Todos los individuos y grupos, incluidos los adolescentes y jóvenes, tienen el derecho a la información basada en la evidencia en todos los aspectos de la salud sexual y reproductiva, incluida la salud materna, los anticonceptivos, la planificación familiar, las infecciones de transmisión sexual y prevención del VIH, el aborto seguro y atención post aborto, la infertilidad y fertilidad opciones, y cánceres reproductivos”, señala el nuevo documento.

Desde esta casa de estudios siempre fuimos conscientes sobre la innumerable cantidad de violencias de la que somos víctimas las mujeres y los géneros de disidencia, y del poder de la comunicación en la configuración de estos sentidos “comunes” y en la producción de nuevos sentidos liberadores. El mandato patriarcal nos censuró, culpabilizó y moralizó nuestro placer para realzar el placer del otro dominante que goza en nuestro sometimiento.

¿Qué hacer ante este panorama tan desalentador? Un estado de derechos es un avance hacia nuestra soberanía como mujeres y luchadoras de esta Patria, porque nosotras queremos tomar decisiones libres pero también queremos que todas nuestras compatriotas puedan hacerlo y para eso se necesita el Estado. Un Estado ausente es siempre muestra de un mercado voraz que impone su lógica incluso en nuestra sexualidad.

En ese envión que nos ha dado esta última década de derechos sociales, hemos apostado a un avance propositivo como lo es la creación de espacios de consejerías en salud sexual para acompañar a las mujeres en su empoderamiento en la toma de decisiones sobre su salud y su sexualidad. Nosotras sabemos que la información salva vidas y destruye otras, lo sabemos por nuestra experiencia de lucha contra los medios monopólicos, pero también lo reconocemos en los saberes aprehendidos de nuestra trayectoria institucional y territorial. Por eso creamos el Espacio de Salud Sexual Integral que desde el año pasado se encuentra abierto en la Facultad de Periodismo y Comunicación Social y que en esta corta trayectoria ha acompañado a más de 100 mujeres en la toma de decisiones sobre su salud sexual.

Intentamos entonces hacer nuestro pequeño pero dedicado aporte a esto que la ONU denomina como “adoptar medidas positivas para erradicar las barreras sociales en términos de normas o creencias que inhiben a los individuos de diferentes edades y sexos , las mujeres, las niñas y adolescentes, de ejercer de manera autónoma su derecho a la salud sexual y reproductiva. Ideas sociales erróneas, prejuicios y tabúes sobre la menstruación, el embarazo, el parto, la masturbación, los sueños húmedos, la vasectomía y la fertilidad deben ser modificados de manera que éstas no obstaculicen el disfrute de individual del derecho a la salud sexual y reproductiva”.

Por eso nos parece pertinente la aclaración que el propio dictamen hace  a los Estados parte que deben “abstenerse de censurar, ocultar, falsear o penalizar información sobre la salud sexual y reproductiva  tanto para el público y para los individuos”, ya que “estas restricciones impiden el acceso a la información y los servicios, y pueden alimentar el estigma y la discriminación”. No sólo pertinente sino también alentador porque hoy escuchamos el relato de compañeras de otras localidades que dicen tener que dar explicaciones a sus superiores sobre si los talleres en salud sexual y aborto son legales o deben ser penados.

Un derecho que no llega

Es reconocida ya la lucha de las mujeres por el derecho a la interrupción voluntaria del embarazo a nivel mundial. Es en el extremo sur del mapa mundi en donde los países tienen leyes y políticas más restrictivas del acceso al aborto, mientras que en el norte, países como Estados Unidos, China, Rusia y la mayoría de los países Europeos permiten la interrupción de embarazo a pedido de la mujer. La OMS estima que cada año se realizan unos 22 millones de abortos clandestinos en el mundo, casi todos ellos en los países en desarrollo.

En América del Sur, el aborto está penado con excepción de algunos casos de salud, salvo en Uruguay, en donde se implementó la interrupción voluntaria por ley desde 2012, y en Chile, en donde no se reconoce ninguna excepcionalidad y se criminalizan todos los casos de aborto.

En Argentina no se permite la interrupción voluntaria del embarazo pero el artículo 86 del Código Penal establece que existen dos posibles casos en que la mujer puede interrumpir voluntariamente el embarazo: por cuestiones de salud, lo que se conoce como aborto terapéutico, y por “violación o de un atentado al pudor cometido sobre una mujer idiota o demente”, aborto eugenésico.

El fallo de la Corte Suprema de 2012 sirvió para allanar el camino de acceso al aborto no punible y, por ejemplo, evitar requisitos de autorización de terceros como lo es el propio poder judicial para el acceso a este derecho. En la actualidad, el movimiento feminista presenta un debate por la interpretación de la causal salud, reconociendo que no se trata solo del peligro a la vida sino que hace referencia a otros factores de forma integral -como el psicológico, mediombiental, socio-económico, etc.- en coincidencia a la definición de salud que la propia cartera sanitaria nacional sostiene junto con la OMS.

Sobre este enfoque, y basado el fallo F.A.L., el Ministerio de Salud de la Nación lanzó en 2015 la Guía Ile que es un protocolo de atención a los abortos no punibles. En junio de 2010 el Ministerio de Salud de la Nación ya había actualizado la guía de aborto no punible realizada en el marco de la gestión del ex ministro Ginés González García, en 2007. Esta guía sostiene que: “Las mujeres que se encuentren en cualquiera de los supuestos enunciados anteriormente, gozan del derecho de acceder a un aborto. El Hospital y la/el médica/o tratante tienen la obligación legal de practicar la intervención, siempre que exista consentimiento informado de la mujer. No deben ni están obligados a requerir la intervención y/o la autorización judicial. La práctica del aborto no punible se realizará previa constatación por parte de una/un sola/o médica/o de la existencia de alguna de las causales”.

El segundo inciso del artículo 86, correspondiente al aborto eugenésico, fue motivo de discusión durante años por la interpretación del texto legistalivo,  sobre el que el fallo de la Corte precisó que el aborto es no punible en violaciones cometidas sobre cualquier mujer. Ahora, el nuevo dictamen de ONU se expide también sobre la “violación marital” como el sometimiento forzoso a tener relaciones sexuales dentro de una situación de pareja.

Pese a estos avances, en Argentina abortar todavía es un delito y un problema en materia de salud pública ya que la mortalidad materna sigue siendo alta y su primera causa son los abortos inseguros. La Campaña Nacional por el Derecho al Aborto, Seguro y Gratuito señala que en Argentina mueren 100 mujeres por año debido a prácticas de abortos clandestinos e inseguros, en su mayoría son mujeres pobres que no pueden acceder a prácticas seguras. La interrupción voluntaria del embarazo es aún un derecho social pendiente. El próximo 28 de mayo, Día Internacional de Acción por la Salud de la Mujer se presentará un nuevo proyecto de Ley para ser tratado en el Congreso, con la intención de que se cumpla en algún momento un reclamo legítimo de las mujeres argentinas. Sin el derecho al aborto tampoco hay justicia social.

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