PRENSA

Por Carlos Rozanski*

La impunidad ante crímenes graves, es el camino hacia nuevos crímenes. Argentina, es uno de los países de la región que, en la década del 70, fue objeto de un genocidio por parte de quienes actuaron al servicio de los más altos intereses económicos de la época. A diferencia de los restantes gobiernos, nuestro país, merced a decisiones políticas trascendentes, inició el 27 de diciembre de 1983 un camino de justicia. La dictadura genocida, había promulgado el 23 de septiembre de 1983, la ley Nº 22924, que tenía como objeto la “auto amnistía” de los miembros de las Fuerzas Armadas respecto de los crímenes cometidos en ese periodo brutal. 

Raúl Alfonsín, que había asumido la presidencia de la nación el 10 de diciembre de 1983, impulsó ese mismo mes ante el Congreso de la Nación, la ley 23.040 promulgada por el Decreto del Poder Ejecutivo Nº 295 del 27 de diciembre de ese año, la que derogó la espuria ley de impunidad aludida. Esta ley de la naciente democracia, derogó por inconstitucional la disposición citada y la declaró nula.  Asimismo, señaló que carecía de todo efecto jurídico para el juzgamiento de las responsabilidades penal, civil, administrativa y militar emergentes de los hechos que cubría, siendo particularmente inaplicable el principio de la ley penal más benigna. 

En consonancia con esas medidas, en una decisión memorable, el 13 de diciembre de 1983, Alfonsín dictó el Decreto 158/83 que significaría un hito en la historia de los golpes militares de la región.  

Si bien el Decreto señalado ordenaba que el juicio lo haría el Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas (como correspondía según la legislación vigente), la dilación y complicidad de ese organismo castrense, abrió las puertas al histórico juicio a las juntas por parte de la justicia civil. Ello se produjo gracias a la decisión de la Cámara Federal de Buenos Aires, que comenzó su intervención en lo que se conocería como la histórica “causa 13”.

De ese modo, el 22 de abril de 1985 se iniciaron las audiencias y el 9 de diciembre del mismo año se dictó la sentencia a las Juntasen la que resultaron condenados a reclusión perpetua (entre otros), los principales responsables del genocidio, Jorge Rafael Videla y Emilio Masera.

El 23 de diciembre de 1986, el Congreso de la Nación, sancionó la ley 23.492, conocida como de “Punto final” y algunos meses después, el 4 de junio de 1987, fue sancionada la ley 23521, conocida como de “Obediencia debida. Ambas leyes fueron el antecedente de las decisiones que tomaría Carlos Saúl Menem de indultar por Decreto, en 1990 a los condenados en la causa 13, inaugurando décadas de una impunidad tan ilegal como injusta.

Un día como hoy, 23 de junio de 1987, beneficiados por la ley de obediencia debida, fueron puestos en libertad miembros de las fuerzas armadas involucrados en las masacres.

Un legislador, refriéndose a las leyes de impunidad, señaló “Las voté con asco¨. Esas leyes, con los años, serian anuladas por el congreso de la nación, declaradas inconstitucionales por la Corte Suprema de Justicia (14 de junio de 2005) y repudiadas durante décadas por una ciudadanía paciente pero implacable. Allí comenzó entonces, en 2006, el nuevo periodo de juzgamiento de los responsables uniformados y civiles del genocidio, que, con los altibajos propios de una realidad política diletante, continúa en la actualidad.

Quienes vivenciamos ese ciclo de brutalidad genocida, renacimiento democrático, esperanza de justicia, nuevas frustraciones y renovación de la esperanza, llevamos grabado el sabor de cada momento. Y en esa secuencia, los sabores se alternan entre ascos por impunidad y dulzor por justicia.

En este recuerdo de aquella libertad infame de criminales, concretada un día como hoy, va el deseo de que el sabor agradable de la buena justicia en acto, acompañe nuestros días y defina nuestros recuerdos.

* Ex juez de Cámara federal

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